miércoles, 26 de julio de 2023

Hace 49 años hablaba la presidente María Estela Martínez de Perón.

 



La Presidente habla a jubilados y pensionados.


Discurso pronunciado en el acto de entrega de subsidios, el 26 de julio de 1974.



Señoras y señores:


Tengo el inmenso placer de recibirlos y de poder concretar, en conjunto, una de las mayores aspiraciones del Gobierno del Pueblo, que es la de hacer felices a sus habitantes.

Hacer entrega de pensiones a la vejez, y dar soluciones económicas a quienes el destino privó de sus facultades físicas para ejercer el trabajo es una obligación ineludible del gobierno. 


La señera figura del General Perón marca con huellas imborrables el camino que todos los argentinos debemos seguir.

Este camino se hará cada día más llevadero, en la medida que cada uno de nosotros expresemos prácticamente nuestro sentido de solidaridad y unidad nacional, amalgamado en una clara conciencia de Patria.

Ellos nos hará felices y nos hará libres.



Beneficios para la clase pasiva



Y ahora voy a referirme someramente a los convenios por suscribir: acta - compromiso para el pago de las asignaciones familiares a jubilados y pensionados.

La ley N° 20.586 instituyó las asignaciones familiares para los jubilados y pensionados nacionales, en las mismas condiciones establecidas para el personal en actividad, pero no previó la forma de financiación de aquellas. 

Como consecuencias de ello las asignaciones familiares se abonan a los jubilados y pensionados nacionales con fondos del régimen nacional de previsión, lo que importa disminuir los recursos disponibles para mejorar las jubilaciones y pensiones, en un monto estimado de 11.280 millones de pesos moneda nacional, mensuales. 

Mediante el Acta - Compromiso que se acaba de suscribir entre el Estado, la Confederación General del Trabajo, la Confederación General Económica, las Cajas de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio y para el Personal de la Industria y la Caja de Asignaciones para el Personal de la Estiba, en lo futuro, el Tesoro Nacional se hará cargo del pago de las Asignaciones Familiares del pago de esas asignaciones a los restantes beneficiarios. 


Se reafirma, así, el principio que para nosotros es sagrado de que los fondos del Régimen Nacional de Previsión deben ser destinados específicamente a los fines previstos por las leyes de jubilaciones y pensiones. 

Deseo destacar, en esta oportunidad, y agradecer muy especialmente, la colaboración que nos han prestado la Confederación General del Trabajo, la Confederación General Económica y las autoridades de las Cajas de Subsidios y de Asignaciones Familiares, para poder llegar a suscribir esta Acta - Compromiso que tanto significa para los afiliados y beneficiarios del Régimen Nacional de Pensión. 



Pensiones a la vejez.



Mediante convenios que se acaban de suscribir, se acuerda a doce provincias la posibilidad de que 10.500 personas mayores de 80 años, carentes de recursos y residentes en ellas, perciban pensiones a la vejez cuyo monto es de $ 52.500 moneda nacional, por mes. 


Resulta casi innecesario destacar el hondo contenido social de esta medida que significará no sólo beneficiar a tantos ancianos sino además posibilitar que los fondos que esas provincias destinan al pago de pensiones a las personas que se incorporan al Sistema Nacional de Seguridad Social sean redistribuidos entre otros beneficiarios o aplicados a mejorar las prestaciones existentes. 

Esta contribución del Ministerio de Bienestar Social de la Nación en favor de personas residentes en el interior del país marca una línea definida de acción, e implica robustecer el principio de que por encima de que se pueda o no acreditar una actividad laboral a lo largo de su vida, toda persona que evidencia un estado de necesidad debe gozar del amparo de la seguridad social.

Es importante destacar que, a nuestro juicio, la protección a la vejez o a la invalidez no se agota mediante el régimen jubilatorio fundado en la relación hombre-trabajo, sino que también integran el marco de la seguridad social las prestaciones no contributivas, como son las pensiones a la vejez que a instancias del General Perón se instituyeran en 1948, a las que tanta importancia diera Eva Perón a través de la Fundación que llevara su nombre, de imborrable memoria para los humildes que tanto amó. 



Jubilaciones a los trabajadores rurales.



Hablaremos ahora del otorgamiento de jubilaciones a trabajadores rurales:

Es esta una de las ocasiones en que con hechos, no con palabras, demostramos que cumplimos con las esperanzas del pueblo y, en especial, con el hombre de campo, tantas veces postergado y marginado de la seguridad social. 

Esto lo hemos logrado a través del convenio de corresponsabilidad gremial firmado para el sector del algodón, mediante el cual los aportes y contribuciones previsionales se retienen en el acto de la compra de la producción, en base a las remuneraciones que corresponden a tareas en que se emplea mano de obra transitoria. 

Los fondos así recaudados son devueltos por el sistema previsional a las provincias, en forma de jubilaciones y pensiones. 

La importancia del acto al que hoy asistimos es que, por primera vez, se abandona el viejo sistema burocrático, largo, difícil y a menudo imposible, de exigir que los trabajadores de campo prueben sus servicios y se otorgan los beneficios por el sólo hecho de comprobar que son, sencillamente, trabajadores rurales con el nuevo sistema que ahora ponemos en marcha, es la actividad la que determina el derecho a la jubilación.

Consideramos que esta es la única modalidad que actualmente traduce el sentido de la Justicia Social que ya el General Perón anhelara cuando propició, en 1945, el estatuto del Peón.

El trabajador rural transitorio, que generalmente se desempeña desde la niñez en chacras y localidades diferentes, se enfrentaba hasta ahora con la fría indiferencia de un sistema que le exigía la prueba de todos sus servicios. 

Nosotros sabemos que esos trabajadores, con la nobleza, paciencia y sabiduría que les da el contacto con la naturaleza, son hombres que han luchado incansablemente, y que si han vivido hasta los sesenta y cinco años de edad no ha sido precisamente de rentas sino simplemente... han trabajado. 

Como hoy con los algodoneros, y mañana con los trabajadores de la zafra azucarera y de los tabacales, y muy pronto con todos los trabajadores rurales del país haremos una realidad los principios de la doctrina justicialista que proclamara el General Perón.

Así continuamos reafirmando el Pacto Social y cumpliendo uno de los mayores anhelos del General Perón: dar protección a la ancianidad desvalida.



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